
En Canarias tenemos un Régimen Fiscal particular, a efectos prácticos todos los efectos personales que se importen por ciudadanos tanto de la CEE como no comunitarios a Canarias se hará liquidando el correspondiente impuesto de importación que grava estos objetos en concreto será un 6.5% sobre el valor declarado por el cliente, ahora bien la norma tambien contempla que podamos realizar dicha importación acogiéndonos a la solicitud de franquicia por cambio de Residencia para ello deberemos demostrar en el caso de ciudadanos CEE , que hemos residido de manera continua en el Territorio desde el cual venimos al menos durante 6 meses, y a continuación de este periodo haber causado el alta en Canarias.